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Condiciones generales de contratación

1.- OBJETO El presente contrato tiene por objeto la adquisición por parte del Licenciatario al Licenciante de un derecho no exclusivo de transmisión de los canales internacionales de televisión para su emisión en las habitaciones de sus establecimientos comerciales o locales no comerciales como hoteleros, pensiones, moteles, prisiones, hospitales, residencias de ancianos, etc, -por medio de planes determinados o a la Carta según se requiera- todo ello de acuerdo con el presente Contrato, Condiciones Particulares y adendas adicionales. Se entiende por «Habitación» una unidad, estancia privada, e igualmente una zona comunitaria equipada y autorizada para recibir canales dentro de las instalaciones de los establecimientos, y puestos a disposición como alojamiento temporal o permanente.

El Licenciatario se obliga a que su emisión se produzca de forma íntegra, inalterada, tal y como le serán entregados, y simultáneamente a su recepción, de conformidad con los canales otorgados al Licenciatario.

Forma parte de la responsabilidad del Licenciatario, que los datos aportados por éste en relación con el punto de suministro objeto de contrato y sus datos personales, en calidad de titular y responsable de las obligaciones del presente contrato, sean ciertos, u obligándose a comunicar al Licenciante cualquier variación que pudiera producirse respecto a la información facilitada. 

2.- VIGENCIA Este Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma y mantendrá su vigencia durante el período establecido en las condiciones particulares, a contar desde la fecha de inicio del suministro de la señal por parte del Licenciatario, prorrogándose por iguales períodos de tiempo o mínimo de tres (3) meses, si ninguna de las Partes notifica su deseo de dar por finalizado el contrato con sesenta (60) días antes al vencimiento de la vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.

3.- RETRASMISIÓN DE LOS CANALES La retransmisión de los canales deberá ser simultánea, íntegra y sin cambios u otras alteraciones y está estrictamente limitada a las redes de circuito cerrado del Licenciatario.

Será responsabilidad del Licenciatario el mantenimiento de la calidad e integridad de la señal desde el punto de entrega hasta el dispositivo de consumo del cliente, asegurando la imposibilidad de acceso por terceros, siendo únicamente recibido el servicio por las habitaciones y en las circunstancias motivo del presente contrato.

El Licenciatario, al retransmitir a través de la red y/o a través del servicio de acceso a Internet restringido a sus clientes, identificará claramente los canales. El Licenciatario asignará una posición de canal específica para la retransmisión a través de la red de los canales y comunicará dicha asignación a sus usuarios.

La retransmisión simultánea, inalterada e íntegra, se retransmitirá las 24 horas del día y queda excluida toda forma de banner, publicidad u otras formas comerciales en los canales.

El presente contrato se refiere únicamente a la retransmisión lineal clásica por cable/IPTV. Cualquier otro servicio, incluidos entre otros, la retransmisión en otras redes que no sean la red del Licenciatario, especialmente Catch-up, multipantalla/TV, reinicio instantáneo/Reinicio, pausa en vivo, networkPVR, Mediatheken, están explícitamente excluidos.

4.- TARIFAS Y PAGOS con sujeción al efectivo cumplimiento por parte del Licenciante en sus obligaciones de entrega de la señal y la emisión de los canales tal y como se establece en el presente contrato, el Licenciatario abonará al Licenciante las tarifas establecidas en las condiciones particulares o en cualquiera de las adendas posteriores. Todas las cantidades pactadas son consideradas brutas y estarán sometidas a la normativa fiscal que le sea de aplicación en el lugar del domicilio del Licenciante. La cuantía de la remuneración dependerá del número de Habitaciones de cada establecimiento, independientemente de si las Habitaciones están reservadas o no. Las tarifas están establecidas para el periodo inicial acordado por las partes, a partir del cual, de aplicarse la renovación automática con la consiguiente ampliación del contrato en periodos posteriores, las tarifas se verán incrementadas según el IPC (índice de precios al consumo) oficial, según publicación en el momento que resulte de su aplicación.

Dichas tarifas serán actualizadas con los informes de datos facilitados por el Licenciatario, formando parte integrante del mismo, así como las garantías mínimas establecidas por el Licenciatario.

Dentro de los quince (15) días siguientes al final de cada mes, el Licenciatario entregará al Licenciante una declaración con el nombre del establecimiento, ubicación señalando distrito postal, categoría del establecimiento, y número de habitaciones.

La mencionada declaración escrita se pondrá a disposición directamente por correo electrónico a la dirección señada en las condiciones particulares. En caso de retraso en la entrega de los datos relevantes, el Licenciante tendrá derecho a identificar como válidos los datos del último informe, siendo posteriormente actualizado con carácter retroactivo.

El Licenciatario no transferirá al Licenciante ningún dato personal de los usuarios en virtud de este acuerdo.

Todos los importes mencionados en el presente artículo son importes netos y deben incrementarse con el porcentaje de IVA vigente en ese momento, a menos que pueda aplicarse el procedimiento de inversión del sujeto pasivo de conformidad con el Derecho fiscal de la UE. Cualquier retención de impuestos incurrida será a cargo del Licenciatario.

Los pagos se realizarán a la cuenta bancaria indicada en las facturas, y serán pagadas por el Licenciatario dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de emisión. Las facturas se emitirán a la dirección de correo electrónico señalada en las condiciones particulares.

En caso de retraso en el pago, después de que la notificación a tal efecto por correo certificado con acuse de recibo no haya sido atendida en un plazo de quince (15) días, los Licenciantes podrán exigir intereses de demora legal más tres (3) puntos porcentuales.

5.- OBLIGACIONES DEL LICENCIANTE El Licenciante garantiza que, con respecto a los canales, tiene el derecho de licenciar la emisión de éstos, en los términos previstos en este contrato y no violará los derechos de terceros. El Licenciante deberá, siguiendo las obligaciones establecidas en este contrato, transmitir la(s) señal(es) de los canales al punto de entrega correspondiente, para éste pueda poner a disposición a su vez a sus usuarios los canales (sin interrupción, edición, interferencia o alteración de ningún tipo) siendo a coste del Licenciatario las instalaciones y equipos necesarios y,  en su caso, compresión de señal, encriptación y acceso condicional en todo momento de acuerdo con los requisitos de seguridad del contenido.

El Licenciante notificará al Licenciatario, tan pronto como sea posible y tenga conocimiento, de cualquier interrupción que afecte a la transmisión de señal y/o emisión de canales y hará todos los esfuerzos razonables para resolver la interrupción lo más rápido posible, a realizar cambios o mantener las propiedades técnicas o capacidades de los Canales y o los medios de entrega de estos. Dichas interrupciones no requerirán más formalidad y no serán de ninguna responsabilidad para el Licenciante.

El Licenciante informará al Licenciatario respecto a cualquier modificación que pudiera aplicarse a la entrega de la señal según lo dispuesto en el Anexo III sobre el suministro, determinado en origen por parte del emisor. Si la solución propuesta por el Licenciante resultara incompatible con las posibilidades de recepción y transmisión del Licenciante, será motivo de suspensión particular de las obligaciones contraídas por dicho canal única y exclusivamente, prevaleciendo la validez del presente acuerdo. En caso de que las modificaciones propuestas por TVHOTEL supusieran más del cincuenta por ciento (50%) de la oferta de los canales acordados, el Licenciatario podrá invocar la resolución y terminación del presente acuerdo.

6.- OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO El Licenciatario garantiza que, ostenta y mantendrá durante la vigencia, todas las licencias, consentimientos, permisos requeridos y todas las garantías de seguridad necesarias para el acceso y la transmisión y/o puesta a disposición de los canales de conformidad con este Contrato y mantendrá indemne y exento de responsabilidad al Licenciante por cualquier motivo derivado del incumplimiento de esta obligación, incluida cualquier consecuencia derivada de su piratería. Es responsabilidad exclusiva del Licenciatario la gestión del canal desde su entrega por parte del Licenciante hasta su recepción en los dispositivos de consumo.

El Licenciatario se compromete a cumplir con el objeto y territorio comprometidos y dentro de los límites del contrato quedando expresamente prohibida la posibilidad de sublicenciar o conceder a cualquier tercero cualquier derecho o uso distinto al uso permitido, ni ceder en forma alguna las obligaciones y responsabilidad comprometidas en el contrato, así como a transmitir estrictamente tal y como se entregan y simultáneamente los canales a su recepción. Cualquier consecuencia derivada de un uso inadecuado o no autorizado será única y exclusiva responsabilidad del Licenciatario.

Durante el plazo el Licenciatario deberá, además de pagar en tiempo y forma al Licenciante el Precio acordado, presentar periódicamente el informe de datos establecido en las condiciones particulares que contenga la información requerida con periodicidad mensual y con respecto a cada canal.

Asimismo, el Licenciatario deberá a su coste mantener: (i) todos los sistemas de control necesarios para administrar los canales, (ii) un sistema para controlar el acceso de los usuarios al contenido, y (iii) un sistema de facturación, que permitirá al Licenciatario cumplir con todas (iv) la calidad de la señal en los dispositivos de consumo y cada una de las disposiciones de este contrato. Asimismo, acuerda que la calidad de la señal para la transmisión de los canales será de un alto estándar en todo momento y, en cualquier caso, no inferior a un estándar comparable a otros servicios de Televisión actualmente disponibles en el Territorio.  Sin perjuicio de lo anterior, el Licenciatario podrá realizar las conversiones de señal mínimas que sean necesarias para la transmisión de los canales después de obtener la aprobación previa por escrito del Licenciante en relación con el método de conversión.

Los canales a emitir son los únicos autorizados en las condiciones generales para ser distribuidos bajo la marca del Licenciante en el territorio especificado. A tal efecto, el Licenciatario identificará correctamente de los canales suministrados, de tal manera que si existieran otros canales ajenos a los reflejados en este contrato, no pudiera prestarse a confusión que dichos canales son parte de la oferta motivo de este contrato y servicio, especialmente relevante para canales de contenido pornográfico o de acceso ilegal en el territorio. El Licenciatario se compromete a no realizar ninguna acción que pueda perjudicar al Licenciante y/o los canales y/o no hará u omitirá hacer cualquier acto que evite perjudicar de alguna manera, disminuir o afectar el buen nombre o la reputación del Licenciante o de los canales.

El Licenciatario se compromete a permitir al Licenciante, acceder al/a los establecimientos para verificar con los medios adecuados, incluido el uso de sistemas de seguimiento e identificación, que la transmisión se realiza de conformidad con este acuerdo. El Licenciante podrá llevar a cabo o solicitar una inspección del/de los establecimientos, previo aviso al Licenciatario con una semana de antelación.

7.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos, entre otros, los programas, las marcas y los nombres comerciales, los derechos de autor, los formatos y otros materiales literarios, musicales, artísticos y creativos incluidos en ellos (PI) corresponden a sus titulares. En ningún caso se entiende transferida propiedad intelectual e industrial alguna al Licenciatario sobre cualquier elemento, marcas, logotipos o cualquier otro derecho de propiedad intelectual relacionado con los canales, sus contenidos e imagen de Canal. El Licenciante garantiza que es el titular de los derechos de autor que subsisten en el Canal en la medida en que se requiere para este contrato, y que el ejercicio de los derechos otorgados no infringirá los derechos de ningún tercero. El Licenciatario deberá obtener por escrito todos los consentimientos, permisos y autorizaciones necesarios y pagar cualquier tarifa que deba pagarse y/o afecte a la distribución de todos y cada uno de los elementos, imágenes, del Canal por parte del Licenciatario en el territorio, incluidos los pagos adeudados con respecto a los derechos de ejecución de cualquier música contenida en el Licenciatario y/o los que se devengaran por la emisión del Canal, eximiendo al Licenciante de cualquier reclamación, sanción, sentencia judicial, etc que se requiriera como consecuencia del incumplimiento del Licenciatario de las obligaciones mencionadas.

8.- MARKETING: Es responsabilidad del Licenciatario informar sobre la oferta para mejorar la experiencia de sus clientes y maximizar el rendimiento que obtenga del presente acuerdo. Para ello, el Licenciante suministrará los materiales de marketing y comunicación conforme a los elementos autorizados por los propietarios de los canales y sus contenidos. 

EL Licenciante pondrá a disposición del Licenciatario una primera entrega a la firma del acuerdo según la oferta de canales, denominada «Materiales de Promoción y Marketing TVHOTEL». La información será actualizada periódicamente con entregas a la dirección señalada en las condiciones particulares.

El Licenciatario deberá configurar la comunicación sobre la oferta sobre los materiales cedidos única y exclusivamente. Cualquier otro uso fuera del facultado será solicitado al Licenciatario quien deberá autorizarlo. El Licenciatario no será responsable de las posibles denuncias en las que pueda incurrir un licenciatario por el incumplimiento de cuestiones relativas a utilización de marca de los canales o contenidos que no hayan sido facilitados por TVHOTEL, o para un uso diferente al dispuesto por TVHOTEL. 

9.- RESOLUCIÓN Y TERMINACIÓN: El contrato terminará para las Partes el último día que se indica en las condiciones particulares. No obstante, lo anterior, en caso de que cualquiera de las Partes incumpla grave o reiteradamente alguna de las obligaciones que asume mediante la firma de este Contrato, la otra parte, tras requerir a la parte incumplidora que subsane el incumplimiento – si ello es posible- sin que lo haya hecho en el plazo de quince (15) días desde la recepción de la notificación podrá dar por resuelto el contrato pudiendo reclamar las consecuencias que le hayan causado dicho incumplimiento.

El Licenciante, podrá resolver o suspender el presente contrato y requerir cuantos daños y perjuicios se deriven para el Licenciante en cualquier momento y por cualquier causa, incluyendo a título enunciativo,  no limitativo, las siguientes: i) Por la resolución o suspensión del contrato que ha suscrito el Licenciante con los canales y que es causa del presente contrato, ii) Cuando resulte falsa, total o parcialmente, o se incumpla cualquiera de las declaraciones y garantías otorgadas por el Licenciatario al Licenciante, iii) En cualquier momento y por cualquier causa, con un preaviso mínimo de  60 días, iv) Por incumplimiento del Licenciatario de las obligaciones que asume en el presente contrato.

El Licenciatario podrá terminar sin causa este contrato, notificando al Licenciante su intención de terminarlo con una antelación no menor a 60 días laborables de la fecha en que la terminación debe surtir efecto. El ejercicio de este derecho por parte del Licenciatario no implicará la extinción de las obligaciones de pago del precio durante el plazo pendiente posterior a la notificación de terminación. Cualquiera sea la causa de terminación del contrato, las Partes pactan como condición esencial del mismo que: (i) todos los canales aquí otorgados bajo licencia al Licenciatario terminarán y revertirán automáticamente al Licenciante, de corresponder, los medios tecnológicos previamente provistos para su transmisión; (ii) Si el Licenciatario no hubiera pagado y/o los honorarios devengados hasta la fecha efectiva de terminación estuvieran impagados (estén facturados o no) deberán ser pagados en un plazo máximo de 5 días laborables desde la fecha en que la terminación tuviere efecto sin que fuera necesaria notificación alguna. 

10.- AUDITORÍA: El Licenciante tendrá acceso, por los medios apropiados y por una persona u organización autorizada para auditar cualquier documento oficial, libros financieros y otros archivos que contengan los datos necesarios para el cálculo de los importes correspondientes. El coste de esta auditoría será cubierto por el Licenciante, salvo que haya un exceso del 5% (cinco por ciento) o más, en cuyo caso, los costes de la auditoría serán pagados por el Licenciatario.

El Licenciatario indemnizará al Licenciante por el pago completo y verificado. En consecuencia, el Licenciatario le pagará lo que le adeude y a dicha suma se le aplicará un interés equivalente a tres (3) veces la tasa legal. Los intereses se devengan desde el primer día donde se haya confirmado la obligación del pago al Licenciatario.

11.- INDEMNIZACIÓN Cada una de las Partes (en lo sucesivo, la “parte indemnizadora”) indemniza, defiende y exonera por el presente a la otra Parte y a su empresa(s) matriz, filiales, sucesores, licenciatarios, cesionarios, sociedades relacionadas y afiliadas, sus empleados, directivos, consejeros, agentes, representantes y cesionarios (en lo sucesivo, conjuntamente, la “Parte Indemnizada”) contra cualquier responsabilidad, pérdida, daño, coste y gasto, incluidos, a título meramente enunciativo y no limitativo, los honorarios razonables de los abogados externos (pero excluidos los beneficios perdidos o daños incidentales) surgidos de cualquier incumplimiento o presunto incumplimiento o reclamación por parte de un tercero respecto a cualquier garantía, manifestación o acuerdo realizados por la parte indemnizadora del presente contrato.

La parte indemnizada notificará sin demora a la parte indemnizadora cualquier reclamación a la que se aplique la indemnización anterior y la parte indemnizadora se encargará, a su propia costa, de la defensa de ésta. La Parte Indemnizada podrá, a su criterio y a su costa, involucrar a su propio asesor, y los gastos razonables relacionados serán pagados sin demora por la parte indemnizadora.

El Licenciante tendrá derecho a asumir la defensa de cualquier reclamación realizada por un tercero y surgida de un incumplimiento o presunto incumplimiento de cualquier manifestación, garantía o acuerdo del Licenciatario de conformidad con el presente, o de otro modo, podrá estar sujeta a la indemnización expuesta anteriormente. El Licenciatario tendrá el derecho, así como la obligación de consultar y cooperar con el Licenciante en relación con cualquiera de tales reclamaciones ya proporcionar al Licenciante todos los materiales de prueba u otra información relevante al respecto. El Licenciante tendrá derecho (a su exclusiva costa) a tener a su propia defensa de cualquiera de tales reclamaciones. El Licenciante entiende y está de acuerdo en que todos los aspectos de la defensa de cualquiera de estas reclamaciones, ya sea como parte de cualquier litigio, negociación o de otro modo, serán asumidos por el Licenciatario, así como los daños y perjuicios producidos al Licenciante.

12.- PROTECCIÓN DE DATOS. Los datos de carácter personal que las Partes se faciliten en virtud del presente Contrato serán tratados por la otra Parte con arreglo a las disposiciones de la normativa aplicable en cada momento en materia de protección de datos, en especial, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (el “RGPD”) y a los únicos efectos de dar cumplimiento al objeto del presente Contrato. La base legitimadora del tratamiento es la relación contractual entre las Partes. Las Partes reconocen que los datos de carácter personal que se proporcionen ahora o en el futuro serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación contractual surgida del presente Contrato.

La finalidad del tratamiento de estos datos es (i) el mantenimiento de la correspondiente relación contractual y comercial que existe entre las Partes en virtud de lo previsto en el presente Contrato; y (ii) la salvaguarda del cumplimiento de lo regulado en el mismo y en sus posibles novaciones, así como su gestión y/o control, incluso para la realización de estudios estadísticos. Los datos de carácter personal que las Partes se intercambien serán conservados por estas durante la vigencia del presente Contrato y una vez expire, se mantendrán debidamente bloqueados durante el período de prescripción de cualquier responsabilidad que pueda surgir como consecuencia de la misma, haciéndolos disponibles solo para las administraciones públicas, jueces y tribunales. Para cualquier otro uso de los datos de carácter personal, distinto de los anteriormente enunciados, se requerirá el previo y expreso consentimiento de la otra Parte. Con el objeto de cumplir con las finalidades indicadas anteriormente, cada una de las Partes autoriza expresamente a la otra Parte a comunicar y/o ceder los datos facilitados a empresas de su grupo empresarial, con la finalidad de poder llevar a cabo la centralización de procesos administrativos e informáticos. Se autoriza la transferencia internacional de datos personales.

El tratamiento de los datos de carácter personal facilitados en virtud de este contrato se realizará en cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD y en la normativa aplicable en cada momento. En tal sentido, las Partes se comprometen al cumplimiento de sus obligaciones de secreto y confidencialidad, así como a adoptar todas las medidas de seguridad legalmente previstas, tendentes a asegurar la confidencialidad y a evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado a los mismos.

Cada una de las Partes tiene derecho a: (i) acceder a sus datos personales; (ii) rectificar los datos inexactos o incompletos; (iii) solicitar la supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos; (iv) obtener de la contraparte la limitación del tratamiento de los datos cuando se cumpla alguna de las condiciones previstas en la normativa de protección de datos; (v) solicitar la portabilidad de sus datos; (vi) no ser objeto de una decisión individual automatizada incluyendo la elaboración de perfiles, remitiendo la correspondiente solicitud a las siguientes direcciones de las Partes recogidas en la comparecencia del contrato; y (vii) reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, a través de su página web www.agpd.es, cuando el interesado considere que la otra Parte ha vulnerado los derechos que le son reconocidos por la normativa aplicable en protección de datos.

13.- NOTIFICACIÓN. Todas las comunicaciones y avisos realizados por las Partes de conformidad con o en relación con este contrato, deben ser por escrito por cualquier medio, siempre que exista evidencia de recepción por parte del destinatario(s), y deben ser entregados a las direcciones señaladas en el anexo correspondiente. Cualquier cambio en las direcciones o personas de contacto indicadas para recibir notificaciones en virtud del presente contrato, se notificará inmediatamente a la otra Parte de conformidad con los términos de esta cláusula. Si una Parte no ha recibido notificación de que se hayan llevado a cabo cambios a este respecto, cualquier notificación que esta Parte realice de acuerdo con estas reglas y a las direcciones y personas indicadas en este contrato se considerará válida.

14.- FUERZA MAYOR: En caso de que el cumplimiento de cualquiera de las partes de conformidad con el presente sea impedido por razón de un supuesto de fuerza mayor, durante la persistencia de tal supuesto, la parte afectada no será responsable de no cumplir puntualmente sus obligaciones de conformidad con el presente, y el presente contrato se prorrogará por un periodo igual al retraso causado por el acaecimiento de fuerza mayor. “Fuerza Mayor”, tal y como se utiliza en el presente, significará incendio, inundación, epidemia, terremoto, explosión, accidente, controversia laboral o huelga, caso fortuito o enemigo público, disturbios o revueltas civiles, invasión, guerra (ya sea o no declarada) o conflicto armado, incapacidad de obtener personal o instalaciones, incumplimiento de los proveedores comunes, cualquier ordenanza municipal, ley, orden o normativa gubernamental, orden de cualquier tribunal de jurisdicción competente o cualquier otra cosa o acaecimiento similar que no se hallen bajo el control de tal parte. Si tal retraso o interrupción continúan durante más de seis (6) meses, el Licenciatario podrá, a su opción, resolver el presente Contrato, y tendrá derecho en tal momento a la devolución de todos los pagos avanzados.

15.- CONFIDENCIALIDAD. Ni  el Licenciante ni el Licenciatario revelarán a ningún tercero ninguna información respecto a las condiciones, contenidos y disposiciones del presente contrato utilizándola única y exclusivamente para los fines que aquí se expresan, salvo: (i) en la medida necesaria para cumplir la ley o la orden válida de un tribunal de jurisdicción competente, en cuyo caso la parte que realice tal revelación notificará a la otra tan pronto como sea posible y tratará de obtener el tratamiento confidencial de tal información, (ii) a sus empresas matrices y empresas asociadas, sus bancos (y sus respectivos asesores y abogados), a sus posibles financieros e inversores (y a los banqueros de inversión, agentes, abogados, contables y expertos necesarios de tales personas), auditores, banqueros de inversión, abogados y profesionales similares, bien entendido que tales sociedades, bancos, asesores, financieros, inversores, banqueros de inversión, peritos, auditores, contables, abogados y profesionales similares accedan a quedar vinculados por las disposiciones del presente subapartado, y (iii) para ejecutar sus derechos de conformidad con el presente contrato.

16.- ANTICORRUPCIÓN: El Licenciatario declara y garantiza que ha cumplido antes de la vigencia del presente contrato y cumplirá durante la ejecución de éste con todas las leyes, reglas o regulaciones aplicables, que se relacionen con la legislación antisoborno, anticorrupción y/o lavado de dinero o legislación similar. Los Licenciantes pueden rescindir este Acuerdo sin previo aviso, si el Licenciatario viola cualquiera de sus garantías según lo establecido en el párrafo (1) de este Artículo. Sin perjuicio del derecho a rescindir el Acuerdo sin previo aviso de conformidad con el Art. 5 párr. (3) de este Acuerdo y/o reclamar daños y perjuicios, de acuerdo con una decisión de un tribunal competente para cada caso de violación de cualquiera de sus garantías.

17.- VARIOS El presente contrato consta de estas disposiciones y los documentos de prueba y anexos adjuntos; todos estos documentos de prueba y anexos se incorporan al presente mediante esta referencia y se convierten en parte de este.

Nada de lo contenido en el presente se considerará que crea una relación de asociación, unión temporal de empresas, agencia, relación fiduciaria o de empleo entre las partes.

El presente contrato expone el acuerdo íntegro entre las partes respecto al objeto de éste, y sustituye a todos los contratos anteriores orales o escritos entre éstas.

El presente contrato no podrá cambiarse, modificarse, enmendarse ni completarse, salvo mediante escrito firmado por ambas partes.

Ninguna renuncia respecto a cualquier incumplimiento del presente contrato por ninguna de las partes se considerará una renuncia continua, ni una renuncia puntual respecto a cualquier otro incumplimiento, con independencia de lo similares que sean.

El Licenciante y el Licenciatario otorgarán, reconocerán y entregarán cualquier otro documento que sea necesario, oportuno o adecuado para implantar, administrar y efectuar el objeto del presente contrato.

La invalidez, ilegalidad o ausencia de carácter ejecutable de cualquier disposición del presente contrato, de conformidad con una resolución judicial, no afectará a la validez o carácter ejecutable de cualquier otra disposición del contrato; estas últimas permanecerán con plena vigencia y eficacia.

18.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN El presente contrato se ejecutará, regirá e interpretará de conformidad con la legislación española, renunciando a cualquier otra jurisdicción que les corresponda y sometiéndose, irrevocable e incondicionalmente, a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid (España) para resolver cualquier conflicto o duda que surja o esté relacionada con este contrato.

Las Partes reconocen y acuerdan que este contrato puede firmarse electrónicamente y en cualquier procedimiento legal entre las Partes con respecto a este contrato o relacionado de alguna manera con él, cada Parte renuncia al derecho de plantear cualquier defensa basada en su ejecución por medios electrónicos o en la entrega de dichas contrapartes ejecutadas por entrega electrónica, según corresponda.